Entra en vigor la reforma del Reglamento de Circulación con el acento en los usuarios vulnerables

30 de septiembre de 2026


La reforma del Reglamento General de Circulación, aprobada mediante el Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, entra en vigor el 1 de octubre de 2026 con el objetivo de mejorar la seguridad de peatones, ciclistas, motoristas y usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP).

Por primera vez, el Reglamento define formalmente el concepto de “usuario vulnerable de la vía”, que incluye a peatones —con especial atención a menores, personas mayores y personas con discapacidad—, ciclistas, usuarios de VMP y conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores. Además, incorpora un nuevo Título VI dedicado a las normas específicas de circulación en zonas urbanas.

Principales novedades:

  • Vehículos de movilidad personal (VMP)

La edad mínima para conducirlos se fija en 15 años y será obligatorio utilizar casco. El chaleco reflectante será obligatorio durante la noche o en condiciones de escasa visibilidad. Desde el 1 de octubre de 2027, el alumbrado deberá utilizarse permanentemente, también durante el día. Fuera de los núcleos urbanos, podrán circular por vías segregadas del tráfico a motor, salvo prohibición señalizada.

  • Bicicletas

En vías interurbanas, el casco será obligatorio para todos los ciclistas y se refuerzan las condiciones para adelantarles: será necesario reducir la velocidad al menos 20 km/h respecto al límite de la vía, mantener una distancia lateral mínima de 1,5 metros y cambiar completamente de carril cuando exista más de un carril por sentido.

En ciudad, los ciclistas circularán preferentemente por el centro del carril y los vehículos a motor deberán mantener una distancia mínima de 5 metros respecto a los ciclistas que circulen delante por el mismo carril.

  • Motocicletas y ciclomotores

Los motoristas deberán utilizar guantes de protección en vías interurbanas y calzado cerrado en cualquier tipo de vía. Además, podrán circular por el arcén derecho en situaciones de congestión, siempre que el tramo esté señalizado y no superen los 30 km/h.

  • Profesionales de reparto

Los riders que utilicen bicicletas, VMP, ciclomotores o motocicletas para desarrollar su actividad profesional deberán llevar casco y chaleco reflectante en todo momento.

  • Peatones

Se refuerza su protección en los pasos regulados por semáforo y se establece su prioridad en las calles de plataforma única. Asimismo, los caminos escolares seguros adquieren reconocimiento jurídico.

  • Nieve y carriles de emergencia

Cuando la circulación en autopistas y autovías se vea dificultada por la nieve, estará prohibido adelantar y deberá mantenerse libre el carril izquierdo para facilitar el paso de los vehículos de emergencia y quitanieves.

En caso de retención, los vehículos deberán orillarse para crear un carril de emergencia que permita el paso de los servicios prioritarios.

 

30 de septiembre de 2026